ACUERDO  COM-16-2009

REGLAMENTO DE INCENTIVOS DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL PARA EL MUNICIPIO DE GUATEMALA.


ACUERDO COM-16-2009


EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, les corresponde a los municipios emitir las ordenanzas y reglamentos para el cumplimiento de sus fines propios, especialmente lo relacionado con el ordenamiento territorial de su jurisdicción.


CONSIDERANDO:

Que con fecha 13 de octubre del año dos mil ocho el Concejo Municipal emitió el Acuerdo Número COM-030-08 -Plan De Ordenamiento Territorial- para el Municipio de Guatemala, el cual determina que el Concejo Municipal establecerá un régimen de incentivos aplicable a los distintos ciclos de transformación del territorio.


CONSIDERANDO:

Que para lograr los objetivos y las políticas territoriales municipales contenidas en el Plan de Ordenamiento Territorial es importante fomentar e incentivar aquellas prácticas de fraccionamiento, obras y uso del suelo que coadyuven a la consecución de estos objetivos y políticas.


POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado, y en lo que para el efecto establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 5, 9, 33, 35 en sus incisos a), b), i), z), 42, 67, 68 en sus incisos e) e i), 142, 143, 144, 147 y 165 en su inciso a) del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y artículos 12, 61, 85 y 92 del Plan de Ordenamiento Territorial, Acuerdo COM-30-08 del Concejo Municipal del Municipio de Guatemala.


ACUERDA:

Emitir el siguiente


REGLAMENTO DE INCENTIVOS DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL PARA EL MUNICIPIO DE GUATEMALA


CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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