RESOLUCIÓN  SC. No. 01/2009

Se resuelve ordenar la publicación de las modificaciones, adiciones y rectificaciones a la "LISTA DE ESPECIES AMENAZADAS DE FLORA Y FAUNA DE GUATEMALA".


RESOLUCIÓN SC. No. 01/2009

Guatemala, 2 de marzo de 2009


SECRETARIA EJECUTIVA CONSEJO NACIONAL DE ÁREAS PROTEGIDAS
-CONAP-


CONSIDERANDO I:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala declara de interés nacional la conservación, protección y mejoramiento del Patrimonio Natural de la Nación; que de conformidad con los artículos 23 y 24 del Decreto Número 4-89 del Congreso de la República, ley de Áreas Protegidas, se considera de urgencia y necesidad nacional si rescate de las especies de flora y fauna en peligro de extinción, de las amenazadas y la protección de las endémicas, así mismo le asigna al Consejo Nacional de Áreas Protegidas la atribución de elaborar anualmente los estados de especies de fauna y flora silvestre de Guatemala, amenazadas de extinción, así como de las endémicas y de aquellas especies que no teniendo el estatus indicado antes, requieran autorización para su aprovechamiento y comercialización. Las modificaciones, adiciones, eliminaciones, reservas o cambios se publicarán en el Diario Oficial.


CONSIDERANDO II:

Que el Departamento de Vida Silvestre de la Secretaría Ejecutiva del CONAP realizo la correspondiente revisión a la Lista de Especies Amenazadas de Flora y Fauna de Guatemala -LEA-, habiendo determinado que es necesaria la actualización y corrección del ordenamiento taxonómico y alfabético, actualización de nombres científicos, nombres comunes, sinónimos, nombres oficiales de la CITES y su ubicación por familias; la incorporación de nuevas especies de acuerdo a los resultados de la COP XIV de la CITES, como también las especies incluidas en el Calendario Cinegético; y, el Departamento Jurídico por su parte emitió el correspondiente dictamen, coincidiendo ambas dependencias en emitir opinión PROCEDENTE A LA APROBACIÓN DE LAS MODIFICACIONES PROPUESTAS, según consta en los dictámenes técnico y jurídico identificados Of-DVS-347-2008-JR-mg, del 24 de octubre de 2008 y, 510/2008 del 29 de octubre de 2008, respectivamente, recomendando trasladar las modificaciones a conocimiento del Honorable Consejo Nacional de Áreas Protegidas.


CONSIDERANDO III:

Que el Honorable Consejo Nacional de Áreas Protegidas, en Sesión Ordinaria Número Dos guión Dos Mil Nueve (02-2009), celebrada el 8 de enero de 2009, a solicitud de la Secretaría Ejecutiva acordó aprobar mediante Resolución Número Cero dos guión, Cero dos guión Dos Mil Nueve (02-02-2009), las Modificaciones a la "Lista de Especies Amenazadas de Guatemala -LEA", contando para ello con los dictámenes técnicos y jurídicos aludidos en el Considerando II, por lo que procede su publicación de conformidad con la ley, debiendo dictarse la disposición legal correspondiente.

Con base en lo considerado, normas citadas y lo preceptuado por los artículos 1, 5, 23, 24, 70 literal d), y 72 del Decreto Número 4-89 del Congreso de la República, Ley de Áreas Protegidas, y su Reglamento.


RESUELVE:

 
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