ACUERDO GUBERNATIVO  133-2009

Acuerda declarar de interés nacional, las contrataciones y adquisiciones que sean necesarias para la ejecución del proyecto Complejo Aduanero. "El Ceibo", ubicado en el municipio de la Libertad, departamento del Petén.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 133-2009

Guatemala, 8 de mayo de 2009


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que es obligación fundamental del Estado de Guatemala promover el desarrollo económico de la nación, estimulando la iniciativa en actividades turísticas y de otra naturaleza y promover el desarrollo ordenado y eficiente del comercio interior y exterior del país, fomentando mercados para los productos nacionales; así como mantener relaciones de amistad, solidaridad y cooperación con aquellos Estados, cuyo desarrollo económico, social y cultural, sea análogo al de Guatemala, con el propósito de encontrar soluciones apropiadas a sus problemas comunes y de formular conjuntamente políticas tendientes al progreso de las naciones respectivas.


CONSIDERANDO:

Que para cumplir con el mandato constitucional anteriormente indicado, con los compromisos asumidos en el ámbito internacional y que el artículo 44, numeral 1, subnumeral 1.3. del Decreto 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado, faculta al Presidente de la República para que en Consejo de Ministros resuelva situaciones de interés nacional o beneficio social, se hace necesario declarar de interés nacional las contrataciones y adquisiciones de los estudios, diseños, planos y especificaciones, así como de la construcción y supervisión de las obras del Complejo Aduanero "El Ceibo" consistentes en el muro perimetral, las instalaciones del complejo aduanero y el módulo habitacional para los trabajadores de la Superintendencia de Administración Tributarla, y la adquisición del equipo requerido para su funcionamiento, que son necesarias para tales fines, por lo que es procedente emitir el instrumento legal que en derecho corresponde.


CONSIDERANDO:

Que para las contrataciones y adquisiciones de los bienes y servicios indicados en el considerando anterior, el Estado dispone de los recursos provenientes directamente del Presupuesto de Egresos de la Superintendencia de Administración Tributaria y que se han obtenido los dictámenes que establece el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Acuerdo Gubernativo No. 1056-92, los cuales son favorables, por lo que procede emitir la disposición legal correspondiente.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 44, numeral 1, subnumeral 1.3. del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado y 18 de su Reglamento.


EN CONSEJO DE MINISTROS


ACUERDA:

 
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