ACUERDO GUBERNATIVO  129-2009

Se acuerda emitir las siguientes: REFORMAS AL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 273-98 REGLAMENTO DE TRÁNSITO.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 129-2009

Guatemala, 7 de mayo de 2009


PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece como principio fundamental del Estado garantizarle a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la segundad, la paz y el desarrollo integral de la persona; y de conformidad con el Decreto Número 132-96 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Tránsito, el Ministerio de Gobernación está facultado para disponer los diseños, definir los sistemas de emisión y vigilar el uso referente a la tarjeta y placas de circulación de vehículos, en resguardo del interés general.


CONSIDERANDO:

Que resulta necesario hacer reformas al Acuerdo Gubernativo Número 273-98, de fecha 22 de mayo de 1998, que contiene el Reglamento de Tránsito, reformado por el Acuerdo Gubernativo Número 105-2009, de fecha 7 de abril de 2009, a efecto de regular las disposiciones relativas a la circulación de vehículos y sus ocupantes y con eso coadyuvar a disminuir el índice delincuencial, tomando en consideración que se ha denunciado por parte de la población, una constante y sistemática utilización de motobicicletas y motocicletas de dos ruedas, como medio para la comisión de hechos ilícitos contra la vida y el patrimonio de las personas.


POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 literales a), b) y e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los Artículos 4, 5 y 19 del Decreto Número 132-96 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Tránsito.


ACUERDA:

Emitir las siguientes:


REFORMAS AL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 273-98 REGLAMENTO DE TRÁNSITO

 
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