ACTA  05-2009.15

Acuerda aprobar el Reglamento para la Administración y funcionamiento del Servicio de Agua y Alcantarillado de la Municipalidad de Olopa, Departamento de Chiquimula.


ACTA 05-2009 PUNTO DÉCIMO QUINTO


EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE OLOPA, DEL, DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA.


CERTIFICA:

Que para el efecto tiene a la vista el libro de actas de Hojas Movibles de sesiones del Honorable Concejo Municipal del municipio de Olopa, Chiquimula en el cual se encuentra el Punto Décimo Quinto del Acta 05-2009 de fecha 2 de febrero del año dos mil nueve, en que literalmente dice:

DECIMO QUINTO: CONSIDERANDO: Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponda obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. CONSIDERANDO: Que el artículo 72 del Código Municipal establece que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios. POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y lo que pera el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 256 de la Constitución Política de la República; 3, 33, 35, 68, 72,100 y 101 del Código Municipal (Decreto 12-2,002 del Congreso de la República de Guatemala), por unanimidad; ACUERDA: APROBAR el siguiente:


REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA Y ALCANTARILLADO


CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Y ADMINISTRACIÓN

 
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