ACUERDO MINISTERIAL  212-2009

Se acuerda emitir el siguiente Acuerdo Ministerial de Integración y Funcionamiento de la Unidad de Información Publica.


ACUERDO MINISTERIAL No. 212-2009

Guatemala, 24 de marzo del 2009


EL MINISTRO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, dispone que todos los actos de la administración son públicos y que los interesados tienen derecho a obtener, en cualquier tiempo, informes, copias, reproducciones, certificaciones que soliciten y la exhibición de los expedientes que deseen consultar, con determinadas y concretas excepciones;


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 68 del Decreto número 57-2008 del Congreso de la República, "Ley de Acceso a la Información Pública", los sujetos obligados, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán conformar una Unidad de Información, la cual tendrá a su cargo el cumplimiento de las obligaciones que para el efecto se estipulan en dicha Ley, cuya vigencia general dará inicio con fecha 21 de abril de 2009.


CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda está calificado como "sujeto obligado" en la Ley mencionada en el párrafo anterior, situación que hace necesaria la creación de la Unidad de Información con el personal que sea necesario para el cumplimiento de las Obligaciones que en materia de libre acceso a la información se tendrán que cumplir a partir de la entrada en vigencia del Decreto número 57-2008 del Congreso de la República.


POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confieren los Artículos: 30 y 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 6 y 68 del Decreto número 57-2008 del Congreso de la República, "Ley de Acceso a la Información Pública",


ACUERDA

Emitir el siguiente:


Acuerdo Ministerial de Integración y Funcionamiento de la Unidad de Información Pública

 
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