ACTA MUNICIPAL 05-2009
Se acuerda aprobar el Reordenamiento interno del municipio de Palencia departamento de Guatemala, elevando a categoría de aldea a las comunidades que se indican.
ACTA NÚMERO 05-2009
La Infrascrita Secretaria Municipal de Palencia, Municipio del Departamento de Guatemala,
CERTIFICA:
Que para el efecto tiene a la vista el libro de Actas de Sesiones Municipales, en el que a folios del 53 al 62 aparece inscrita la que copiada en sus puntos conducentes dice:
ACTA NÚMERO 05-2009:- Sesión Pública Ordinaria celebrada por la Honorable Corporación Municipal de Palencia, Departamento de Guatemala, a cuatro de febrero del año dos mil nueve. Presidida por el señor Alcalde Municipal Guadalupe Alberto Reyes Aguilar, contándose con la asistencia de los Síndicos Municipales Primero y Segundo Señores: David Garrido Montenegro y Mateo Fernando Tobías de Jesús Gómez Alvizurez, Lázaro de Jesús Girón Huertas, Ramiro Tercero Aquino, Marco Tulio Alvizures Reyes, José Cruz Escobar Franco, así también la Secretaría Municipal Marta Cristina Mijangos Jolón. Siendo las diecisiete horas con quince minutos se procedió como sigue:
NOVENO: El Honorable Concejo Municipal de Palencia, departamento de Guatemala.
CONSIDERANDO:
Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal la iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales; el ejercicio del gobierno del municipio, velar por la integridad de su patrimonio, garantizar sus intereses con base en los valores, cultura y necesidades planteadas por los vecinos, conforme a la disponibilidad de recursos.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 22 del Decreto 12-2002 Código Municipal, cuando convenga a los intereses del desarrollo y administración municipal o a solicitud de los vecinos, el Concejo Municipal podrá dividir el municipio en distintas formas de ordenamiento internas, observando, en todo caso, las normas de urbanismo y desarrollo urbano y rural establecidas en el municipio, así como los principios de desconcentración y descentralización local. Así mismo la Municipalidad remitirá en el mes de julio de cada año, certificación de la división territorial de su municipio al Instituto Nacional de Estadística y al instituto Geográfico Nacional.
CONSIDERANDO:
Que la actual administración Municipal, consciente de la necesidad de contribuir al desarrollo del municipio lo cual solo se puede realizar mediante el ordenamiento territorial y aplicando planes de desarrollo integral que conduzcan a mejorar la calidad de vida de los habitantes.
CONSIDERANDO:
Que la división administrativa del municipio de Palencia, desde nace muchos años no ha sido objeto de revisión y actualización y tomando en cuenta que la modernización del municipio así como el cumplimiento de los fines para los que fue creado, requiere de un mejor ordenamiento de sus aldeas, caseríos, cantones, fincas y parajes.
POR TANTO:
En uso de las facultades que contera los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República y 6, 7, 8, 9, 22, 33 y 35 del Decreto 12-2002 Código Municipal, por unanimidad de votos, ACUERDA
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