ACUERDO MINISTERIAL 091-2009
Se acuerda crear el Comité encargado de conformar la Unidad de Información Pública del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación con carácter temporal y que se denominará para los efectos de este Acuerdo "EL COMITÉ".
ACUERDO MINISTERIAL No. 091-2009
Edificio Monja Blanca: Guatemala, 06 de marzo de 2009
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 30 de la Constitución Política de la República define la naturaleza pública de todos los actos de la administración del Estado y garantiza el derecho de todas las personas a obtener, en cualquier tiempo informes, copias, reproducciones y certificaciones que soliciten en relación a los actos administrativos, con las limitaciones que en la misma norma constitucional se establecen.
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República, emitió el Decreto Número 57-2008 de fecha veintitrés de septiembre de dos mil ocho, que contiene la ley de Acceso a la Información Pública con la normativa orientada a desarrollar y garantizar el derecho de las personas de acceder a la información en poder de la administración pública y la relacionada con los actos de entes e instituciones que manejan recursos del Estado bajo cualquier concepto, fijando taxativamente la vinculación obligatoria que todos tienen de proporcionar información pública actuar en el ámbito de sus respectivas competencias.
CONSIDERANDO:
Que para garantizar el cumplimiento de las normas constitucionales y las obligaciones derivadas de la Ley de Acceso a la información Pública debe crearse una unidad de información pública dentro del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, estimándose procedente la conformación de un Comité Pro constitución de dicha unidad; comité ministerial de naturaleza temporal.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le asignan los artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 22, 25, 27 y 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto 114-97 del Congreso de la República y sus reformas; 5, 6 y 9 literal m), 39 y 40 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo 278-98 y sus reformas.
ACUERDA:
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