ACUERDO MINISTERIAL  16-2009

Se acuerda trasladar a la Municipalidad de Chuarrancho del departamento de Guatemala, la Recaudación y Administración del Impuesto Único Sobre Inmuebles de su jurisdicción.


ACUERDO MINISTERIAL No. 16-2009

Guatemala, 06 de febrero de 2009


EL MINISTRO DE FINANZAS PUBLICAS


CONSIDERANDO:

Que el Decreto Número 15-98 del Congreso de la República, Ley del impuesto Único Sobre Inmuebles, en sus Artículos 2 inciso d) y 14, faculta al Ministerio de Finanzas Públicas para delegar las funciones de Recaudación y Administración del relacionado Impuesto a las municipalidades del país.


CONSIDERANDO:

Que la Municipalidad de Chuarrancho del departamento de Guatemala, mediante oficio sin número, de fecha 19 de noviembre del año en curso, ha indicado poseer la capacidad técnica y administrativa para recaudar y administrar el Impuesto en referencia.


POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado y en cumplimiento del Artículo 119 inciso b) de la Constitución Política de la República de Guatemala y lo que para el efecto preceptúan los Artículos 4 y 27 incisos d), e) y m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA:

 
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