ACUERDO GUBERNATIVO  298-2008

Se acuerda constituir usufructo a título gratuito, por el plazo de 30 años a favor del Consejo Nacional para la Atención de las Personas con Discapacidad -CONADI-


ACUERDO GUBERNATIVO No. 298-2008

Guatemala, 20 de noviembre del 2008


EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA


CONSIDERANDO:

Que constitucionalmente es deber del Estado garantizarle a los habitantes de la República, la protección de los minusválidos y personas que adolecen de limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales;


CONSIDERANDO:

Que el Estado de Guatemala es propietario de la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, con el número 23346, folio 91 del libro 1425 de Guatemala, de la cual el Consejo Nacional para la Atención de las Personas con Discapacidad -CONADI-, solicitó se le otorgue en usufructo, con la finalidad exclusiva de construir un centro integral de las personas con discapacidad en Guatemala y con ello mejorar y fortalecer su calidad de vida; según consta dentro del expediente número C-1880-2006 de la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, razón por la cual es conveniente otorgar ese derecho y en consecuencia emitir la disposición legal correspondiente;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j); 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo;


ACUERDA:

 
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