ACUERDO 84-2008
Ampliar el Presupuesto de Ingresos del Instituto de la Defensa Pública Penal para el Ejercicio Fiscal dos mil ocho (2008), por la suma de un millón seiscientos mil quetzales exactos (Q.1,600,000.00).
ACUERDO No. 84-2008
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE LA DEFENSA PUBLICA PENAL
CONSIDERANDO
Que de conformidad con la Ley del Servicio Público de Defensa Penal, Decreto ciento veintinueve guión noventa y siete (129-97), del Congreso de la República, el Instituto de la Defensa Pública Penal goza de autonomía funcional y total independencia técnica para el cumplimiento de sus funciones y que de acuerdo a las leyes de la materia, las Entidades Autónomas establecerán su propio sistema de modificaciones presupuestarias
CONSIDERANDO
Que de conformidad con la información financiera presentada por el Departamento Financiero del Instituto de la Defensa Pública Penal, relacionado con la disponibilidad de Saldo de Caja al treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil siete (2007) de recursos provenientes del Presupuesto de Ingresos se refleja la cantidad de UN MILLÓN CIEN MIL QUETZALES EXACTOS (Q1,100,000.00).
CONSIDERANDO
Que es necesario adaptar al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Instituto de la Defensa Pública Penal la situación financiera real que se espera obtener al treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil ocho (2008) por lo que se incorpora la suma de QUINIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS (Q500.000.00) por concepto de intereses estimados a obtener sobre el manejo de nuestras cuentas de depósitos constituidas en el sistema bancario nacional.
POR TANTO
Con fundamento en los considerandos, leyes citadas y lo que establecen los Artículos doce (12), numeral ocho (8) de la Ley de Servicio Público de Defensa Penal, Decreto número ciento veintinueve guión noventa y siete (129-97) del Congreso de la República; cuarenta y uno (41) de la Ley Orgánica del Presupuesto, Decreto número ciento uno guión noventa y siete (101-97) y veinticinco (25), del Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto, Acuerdo Gubernativo número doscientos cuarenta guión noventa y ocho (240-98), Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto.
ACUERDA
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