ACUERDO MINISTERIAL 2319-2008
Se acuerda aprobar la modificación de las cláusulas primera, tercera y décima novena de los Estatutos de la FUNDACIÓN RUDOLF WALTHER.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 2319-2008
Guatemala, 25 de septiembre de 2008
EL MINISTRO BE GOBERNACIÓN
CONSIDERANDO:
Que en su oportunidad, este Ministerio emitió el Acuerdo Ministerial con número un mil cuatrocientos cuarenta y seis guión dos mil dos (1446-2002) de fecha dieciocho de septiembre de dos mil dos, por medio del cual se reconoció la personalidad jurídica y se aprobaron los estatutos de la FUNDACIÓN RUDOLF WALTHER, sucursal Salcajá/Guatemala.
CONSIDERANDO:
Que con fecha veintitrés de abril de dos mil siete, el señor Rodrigo Montufar Rodríguez, en su calidad de Notario en su propio auxilio y procuración de la entidad antes relacionada, solicito a este Ministerio la modificación de los Estatutos autorizado por el Acuerdo de mérito; y, en tal virtud, es procedente emitir la disposición que corresponde.
CONSIDERANDO:
Que en la escritura constitutiva las cláusulas primera, tercer y décima novena de los Estatutos de la FUNDACIÓN RUDOLF WALTHER, sucursal Salcajá/Guatemala, estipulan que la fundación tendría un plazo de un año, prorrogable por resolución del Consejo Directivo.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literal m) y 36 literal b) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 15, numeral 2 y 31 segundo párrafo del Código Civil, Decreto Numero Ley número 106.
ACUERDA:
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