ACUERDO 02-16-2008
Se aprueba el presupuesto de Ingresos y Egresos de la Escuela Nacional Central de Agricultura para el ejercicio fiscal 2008.
ACTA No. 16-2008
ACUERDO No. 02-16-2008
El Consejo Directivo de la Escuela Nacional Central de Agricultura
CONSIDERANDO
Que conforme lo dispuesto en el artículo 79 de la Constitución Política de la República de Guatemala y el artículo 1 de su Ley Orgánica se crea como entidad descentralizada, autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, la Escuela Nacional Central de Agricultura, así como que su régimen se basa en su ley citada, Decreto 51-86 del Congreso de la República.
CONSIDERANDO
Que la ley Orgánica del Presupuesto Decreto 101-97 del Congreso de la República, en su artículo 18) puntualiza que las economías pueden utilizarse para atender gastos operacionales y el inciso c) del artículo 19) determina la excepción del manejo de fondos excedentes que se rigen por las leyes especiales, siendo este el caso de la Ley Orgánica de la ENCA, así como también establece que los egresos deben tenerse en cuenta con base a lo devengado en el período fiscal anual.
CONSIDERANDO
Que es necesario dejar programado dentro del presupuesto general de ingresos y egresos de la Escuela Nacional Central de Agricultura "ENCA" para el año fiscal 2,008, las economías y los recursos excedentes por un monto de DIEZ Y SEIS MILLONES CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA 00/100 QUETZALES (Q. 16,054,390.00); derivados del presupuesto ejecutado del ejercicio fiscal aprobado 2,007, para que queden integrados a la utilización racional del mismo conforme Decreto Legislativo No. 70-2007 que aprobó la distribución analítica del Presupuesto General de ingresos y Egresos del Estado, publicado en el Diario Oficial No. 31 del 18 de diciembre de 2,007, en el cual quedó incluido el presupuesto de ingresos y egresos del Ministerio de Agricultura ganadería y Alimentación, que a la vez contiene el aporte constitucional de DIEZ Y SIETE MILLONES 00/100 QUETZALES (Q. 17,000,000.00) para gastos operativos y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS 00/100 QUETZALES (Q.8,898,586.00), para obras físicas de inversión de la Escuela Nacional Central de Agricultura "ENCA". Así también Acta No. 21-2007 del 11 de diciembre 2007 punto octavo Resolución No. 668-2107 sobre el Presupuesto de Ingresos y Egresos del ejercicio dos mil ocho.
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el último párrafo del artículo 41) de la Ley Orgánica del presupuesto Decreto 101-97 del Congreso de la República define que las entidades autónomas del Estado establecerán su propio sistema de modificaciones presupuestarias, entendiéndose que en el presente caso, es competencia de esté Cuerpo Colegiado emitir las disposiciones pertinentes en concordancia con la facultad que le asiste para aprobar transferencias y ampliaciones de partidas dentro de su presupuesto, así como para administrar su fondo privativo, tal como lo establece el artículo 1) referido a su autonomía personalidad jurídica y patrimonio propio, en el inciso 1) del artículo 10) y f) del artículo 21) todos del Decreto 51 -86 Ley Orgánica de esta Escuela.
POR TANTO
Con fundamento en lo considerado y los artículos 18 y 41 del Decreto del Congreso 101-97 Ley Orgánica del Presupuesto, el artículo 1) inciso I) del artículo 10) e inciso f) del artículo 21 que incluye los incisos b, c, d, del Decreto 51-86 Ley Orgánica de la ENCA, así como el Acuerdo del Consejo Directivo aprobado en el punto QUINTO del Acta No. 42-96 del 2 de diciembre de 1996 inciso b) cláusula TERCERA y Acta No. 21-2007 del 11 de diciembre 2007 punto octavo Resolución No. 668-2107 y Acta No. 16-2008 del 29 de julio 2008 Punto segundo numeral 2.5 Resolución 755-1608 sobre el Presupuesto de Ingresos y Egresos del ejercicio dos mil ocho.
ACUERDA
- Buscado: 1,016 veces.
- Ficha Técnica: 3 veces.
- Imagen Digital: 3 veces.
- Texto: 3 veces.
- Formato PDF: 1 veces.
- Formato Word: 1 veces.