DECRETO DEL CONGRESO 48-2008
Decreta las Reformas al Decreto Número 06-04 del Congreso de la República, Ley que conmemora el 25 de febrero de cada año como el Día Nacional de la Dignidad de las Víctimas del Conflicto Armado Interno.
DECRETO NÚMERO 48-2008
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que durante el enfrentamiento armado interno ocurrido en el país, la población guatemalteca sufrió graves violaciones a sus derechos humanos.
CONSIDERANDO:
Que la Comisión para el Esclarecimiento Histórico, presentó el 25 de febrero del año 1999 su informe final, conteniendo entre sus recomendaciones las siguientes: "Que el Estado asuma el contenido del presente informe y apoye iniciativas para su difusión y promoción.", "En la curricula de educación primaria, secundaría y universitaria se incluyan las enseñanzas del enfrentamiento armado y del contenido de los Acuerdos de Paz".
CONSIDERANDO:
Que con fecha 25 de febrero de 2004, el Congreso de la República aprobó el Decreto Número 06-04, Ley que Conmemora el 25 de febrero de cada año como el Día Nacional de la Dignidad de las Víctimas del Conflicto Armado interno, sin establecer un procedimiento y contenido que hagan operativa dicha conmemoración y que cumpla con los objetivos para lo cual la Comisión del Esclarecimiento Histórico recomendó tal conmemoración.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República,
DECRETA:
Las siguientes:
REFORMAS AL DECRETO NÚMERO 06-04 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA,
LEY QUE CONMEMORA EL 25 DE FEBRERO DE CADA AÑO COMO EL DÍA NACIONAL
DE LA DIGNIDAD DE LAS VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO INTERNO
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