ACUERDO GUBERNATIVO  206-2008

Se acuerda aprobar la Tabla de Títulos de Jornal Diario, con cargo al renglón de gastos 031 "Jornales".

*Derogado por el artículo 6 del Acuerdo Gubernativo 206-2008 del Presidente de la República de fecha 11-03-2009.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 206-2008

Guatemala, 7 de agosto de 2008


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO

Que conforme la Constitución Política de la República de Guatemala el trabajo es un derecho de la persona y una obligación social, por lo que el Estado debe garantizar la igualdad de salario para el trabajo prestado en igualdad de condiciones, eficiencia y antigüedad, así como la fijación del salario mínimo de conformidad con la ley.


CONSIDERANDO

Que mediante Acuerdo Gubernativo No. 625-2007 de fecha 27 de diciembre de 2007, se fijaron los Salarios Mínimos para Actividades Agrícolas, No Agrícolas y de la Actividad Exportadora y de Maquila que empezaron a regir el uno de enero de dos mil ocho. Por lo anterior, es necesario equiparar al salario mínimo fijado mediante el Acuerdo Gubernativo relacionado, los jornales que actualmente se aplican en el Organismo Ejecutivo, Entidades Descentralizadas y Autónomas, por lo que debe dictarse la disposición legal correspondiente con el objeto de modificar la Tabla de Títulos y Jornales aprobada mediante el Acuerdo Gubernativo No. 426-2006, de fecha 31 de julio de 2006.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 incisos e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento con lo establecido en el artículo 195 de la citada Carta Magna.


EN CONSEJO DE MINISTROS,


ACUERDA:

 
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