ACUERDO GUBERNATIVO 70-2009
Se acuerda aprobar la Tabla de Títulos de Jornal Diario, con cargo al renglón de gasto 034 "Jornales".
*Derogado por el artículo 6 del Acuerdo Gubernativo 69-2010 del Presidente de la República de fecha 19-02-2010.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 70-2009
Guatemala, 11 de marzo del 2009
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo establecido en la Constitución Política de la República de Guatemala, el trabajo es un derecho de la persona y una obligación social, por lo que el Estado debe garantizar la igualdad de salario para el trabajo prestado en igualdad de condiciones, eficiencia y antigüedad, así como la fijación del salario mínimo de conformidad con la ley.
CONSIDERANDO:
Que a través de Acuerdo Gubernativo No. 398-2008 de fecha 29 de diciembre de 2008, se fijaron los Salarios Mínimos para las Actividades Agrícolas y No Agrícolas, con vigencia a partir del uno de enero de dos mil nueve, con el propósito de garantizar a los trabajadores y sus familias, las condiciones que les permitan su desarrollo integral y que puedan atender sus necesidades básicas para mejorar su calidad de vida.
CONSIDERANDO:
Que derivado de lo anterior, es necesario equiparar a esa normativa Jurídica, los Jornales que actualmente se aplican en el Organismo Ejecutivo y en las Entidades Descentralizadas y Autónomas del Estado, los cuales se encuentran regulados en el Acuerdo Gubernativo número 206-2008 de fecha 7 de agosto de 2008, debiendo para el efecto emitir la disposición legal correspondiente.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 incisos e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en lo establecido en el artículo 195 de la citada Carta Magna.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
ACUERDA:
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