ACUERDO MINISTERIAL 318-2008
Se acuerda aprobar el "MARCO CONCEPTUAL DEL PROGRAMA NACIONAL DE MONITOREO PARA LA DETECCIÓN DE METALES PESADOS EN ATUNES IMPORTADOS", elaborado por la Unidad de Normas y Regulaciones del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
ACUERDO MINISTERIAL No. 318-2008
Edificio Monja Blanca: Guatemala, 9 de julio de 2008
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la ley, corresponde al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación como una de las instituciones especializadas del Estado, velar por la inocuidad de los alimentos de origen hidrobiológico.
CONSIDERANDO:
Que corresponde a la Unidad de Normas y Regulaciones del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, como autoridad competente, velar y asegurar la inocuidad de los alimentos, especialmente en lo relativo al monitoreo que permita la detección temprana de concentraciones peligrosas de metales pesados nocivos a la salud humana presentes en atunes, como una medida preventiva de inocuidad de alimentos dentro de la industria de la pesca en orden a la protección de la salud del consumidor.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 194 incisos a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con base en lo que establecen los artículos: 22, 27 inciso m), y 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; 130, inciso b) del Código de Salud, Decreto número 90-97 del Congreso de la República de Guatemala; 1, 4 y 5 del Reglamento para la Inocuidad de los Alimentos, Acuerdo Gubernativo 969-99; 6º y 25 del Reglamento Orgánico interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Acuerdo Gubernativo número 278-98, y sus reformas,
ACUERDA:
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