ACTA MUNICIPAL 11-2008
La Municipalidad de Chimaltenango, acepta expresamente el traslado de la competencia de la administración de tránsito dentro de esta jurisdicción, realizada por el Organismo Ejecutivo.
ACTA No. 11-2008
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHIMALTENANGO, DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO.
CERTIFICA: Tener a la vista el Libro de Actas de Sesiones Ordinarias Número Cuarenta y dos (42) del Concejo Municipal, en el cual aparece asentada el acta número once guión dos mil ocho (11-2008), de fecha seis de febrero del año dos mil ocho (06-02-2,008), la cual contiene el punto resolutivo TERCERO: Que copiado literalmente dice.
CUARTO: El Honorable Concejo Municipal, de la Ciudad de Chimaltenango, Departamento de Chimaltenango.
CONSIDERANDO:
Que en uso de la autonomía que la Constitución Política de la República confiere al municipio, éste puede elegir a sus autoridades, obtener y disponer de sus recursos y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios, para los efectos correspondientes emitirá las ordenanzas y reglamentos respectivos,
CONSIDERANDO
Que el Concejo Municipal es el Órgano Colegiado Superior de deliberación y decisión de los asuntos municipales, cuyos miembros son solidaria y mancomunadamente responsables por la toma de decisiones y tiene su sede en la Cabecera de la circunscripción municipal,
CONSIDERANDO:
Que el municipio para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias puede promover toda clase de actividades económicas, sociales, culturales, ambientales, y presentar cuantos servicios contribuyan a mejorar la calidad de vida, a satisfacer necesidades y aspiraciones de la población del municipio.
CONSIDERANDO:
Que el municipio ejercerá competencias por delegación en los términos establecidos por ley y los convenios correspondientes, en atención a las características de la actividad pública de que se trate y a la capacidad de gestión del gobierno municipal, de conformidad con los principios de descentralización, desconcentración y el acercamiento de los servicios públicos a los ciudadanos.
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Chimaltenango, cumplió con el requerimiento del Organismo Ejecutivo, de publicar en el Diario de Centro América o Diario Oficial, el Acuerdo Gubernativo 10-2,008 de fecha siete de enero del año dos mil ocho,
CITA DE LEYES:
Artículos 253 y 254, de la Constitución Política de la República de Guatemala, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 67, 68, 70, 71, 72, 79, del Decreto 12-2,002 del Congrego de la República de Guatemala
POR LO TANTO
ACUERDA:
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