ACUERDO MINISTERIAL 19-2008
Ajusta el precio de mercado del petróleo crudo nacional determinado provisionalmente para el mes de NOVIEMBRE de 2007 contenido en el Acuerdo Ministerial número 188-2007 de fecha 26 de octubre de 2007.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 019-2008
Guatemala, 6 de febrero del 2008
EL VICEMINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS
CONSIDERANDO:
Que por Acuerdo Ministerial número 188-2007 del 26 de OCTUBRE de 2007, se fijó provisionalmente el precio de mercado del petróleo crudo nacional para el mes de NOVIEMBRE de 2007.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 171 del Reglamento General de la Ley de Hidrocarburos, el precio de petróleo crudo así determinado tiene carácter provisional por un período de tres meses, con el propósito de ajustarlo posteriormente al ocurrir dentro de ese período cualquier cambio en el precio a nivel internacional o bien por otras causas imprevistas.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Hidrocarburos, como consecuencia de haberse registrado cambios en el precio del petróleo crudo nacional, a nivel internacional realizó el estudio correspondiente y ha propuesto el precio que ya ajustado debe regir en forma definitiva para el mes de NOVIEMBRE de 2007, y habiendo emitido opinión favorable la Comisión Nacional Petrolera, es procedente emitir la disposición legal correspondiente.
POR TANTO:
Con base en lo considerado y con fundamento en lo preceptuado en los artículos 1. del Decreto Ley número 21-85; 173 y 174 del Reglamento General de la Ley de Hidrocarburos; 22 y 27 literal m) del Decreto numero 114-97 del Congreso de la República.
ACUERDA:
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