ACUERDO MINISTERIAL  113-2008

Reforma el artículo 04 del Acuerdo Ministerial 239-2005, de fecha 05 de abril de 2005, el cual creo la Unidad de Recursos Hídricos y Cuencas, asignándole a la vez, las funciones inherentes a la misma.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 113-2008

Guatemala, 10 de enero de 2008


MINISTRO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES


CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, por Acuerdo Ministerial 239-2005, de fecha 5 de abril de 2005 y publicado en el Diario de Centro América el 19 de mayo del mismo año, creo la Unidad de Recursos Hídricos y Cuencas, asignándole a la vez, las funciones inherentes a la misma.


CONSIDERANDO:

Que las condiciones originales al momento de la emisión del Acuerdo Ministerial en referencia, han variado sustancialmente ya que el Acuerdo Gubernativo 66-2005, que contenía el Reglamente de Descargas de Aguas Residuales a Cuerpos Receptores fue derogado y sustituido por el Acuerdo Gubernativo 236-2006, Reglamento de las Descargas y Reuso de Aguas Residuales y de la Disposición de Lodos, asimismo se ha establecido que por medio de Evaluaciones Ambientales Iniciales se aprobarán los aprovechamientos de aguas, por lo que es necesario reestructurar las funciones de dicha Unidad.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 inciso a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; artículos 27 inciso m) y 29 inciso h) y i) del Decreto número 14-97, adicionado por el artículo 3 del Decreto numero 90-2000, ambos del Congreso de la República, Ley del Organismo del Ejecutivo; y el artículo 5 inciso e) del Acuerdo Gubernativo 186-2001, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.


ACUERDA:

 
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