ACUERDO DE DIRECTORIO 42-2007
Disposiciones Administrativas sobre el Registro, Funciones y Obligaciones de los Asistentes o Empleados de los Agentes Aduaneros ante la Superintendencia de Administración Tributaria.
La Secretaría del Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria, CERTIFICA: Que ha tenido a la vista el Acuerdo de Directorio número 42-2007, emitido por este Órgano Colegiado en su sesión del lunes 17 de diciembre de 2007, en el punto número 5 del Acta número 117-2007, el que textualmente se transcribe:
"ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 42-2007
EL DIRECTORIO DE LA SUPERINTENDENCIA
DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
CONSIDERANDO:
Que la Superintendencia de Administración Tributaria es una entidad descentralizada, con autonomía funcional, económica, financiera, técnica y administrativa, con personalidad jurídica, patrimonio y recursos propios, que tiene por objeto recaudar con efectividad los ingresos tributarios que el Estado requiere para cumplir con sus obligaciones constitucionales, estableciendo y operando los procedimientos y sistemas que faciliten a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias;
CONSIDERANDO:
Que dentro de las obligaciones generales que el Código Aduanero Uniforme Centroamericano -CAUCA- señala a los Agentes Aduaneros en su calidad de Auxiliares de la Función Pública Aduanera, se encuentra la de registrar ante el Servicio Aduanero a los asistentes o empleados que los representarán en su gestión aduanera, por lo que se hace necesario emitir la disposición administrativa que regule el registro e identificación de los asistentes o empleados que representen a los referidos Auxiliares, así como sus funciones y obligaciones;
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le otorgan los artículos 3 literales b) y j) y 7, literal e) del Decreto número 1-98 del Congreso de la República, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria y con fundamento en el artículo 237 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano;
ACUERDA:
Aprobar las siguientes:
DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS SOBRE EL REGISTRO, FUNCIONES Y
OBLIGACIONES DE LOS ASISTENTES O EMPLEADOS DE LOS AGENTES
ADUANEROS ANTE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA
CAPÍTULO l
DISPOSICIONES GENERALES
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