ACUERDO MINISTERIAL 67-2007
Modificaciones a la Clasificación Institucional contenida en el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 67-2007
Guatemala, 26 de diciembre de 2007
EL MINISTRO DE FINANZAS PUBLICAS,
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Gubernativo No. 240-98, Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto, artículo 8, establece que para la correcta y uniforme formulación, programación, ejecución, control, evaluación y liquidación de los presupuestos de cada ejercicio fiscal, es obligatoria la aplicación del Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala;
CONSIDERANDO:
Que el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, fue aprobado por el Ministerio de Finanzas Públicas, en su calidad de ente rector del proceso presupuestario público, mediante Acuerdo Ministerial Número 215-2004 de fecha 30 de diciembre de 2004, y modificado por el Acuerdo Ministerial 35-2006 del 18 de agosto de 2006.
CONSIDERANDO:
Que como resultado de la revisión metodológica presupuestaria, es necesario realizar las modificaciones al Manual de Clasificaciones Presupuestarias para que sean implementadas en las etapas del ciclo presupuestario,
POR TANTO:
Con fundamento en lo que establece el Decreto Numero 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo, artículos 23 y 27 inciso 1), lo que preceptúa el Decreto Numero 101-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Presupuesto, articulo 80, y lo que estipula el Acuerdo Gubernativo No. 240-98, Reglamento de la citada ley, articulo 8,
ACUERDA:
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