ACTA MUNICIPAL 43-2007
Se autoriza el funcionamiento de 30 microbuses y 12 taxis, los cuales ya se encuentran funcionando, para que presten sus servicios en el municipio de Guazacapán del Departamento de Santa Rosa.
ACTA NÚMERO 043-2007
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA VILLA DE GUAZACAPAN, DEPARTAMENTO DE SANTA ROSA.
CERTIFICA: QUE TUVO A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL, EN DONDE SE ENCUENTRA EL ACTA No. 043-2007 DE FECHA SEIS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SIETE, Y EN ELLA EL PUNTO RESOLUTIVO QUE COPIADO LITERALMENTE DICE: TERCERO: El Honorable Concejo Municipal CONSIDERANDO: Que por disposición Constitucional conforme el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, a las Municipalidades en ejercicio de la autonomía, les corresponde obtener y disponer de sus recursos, para los efectos correspondiente emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos. CONSIDERANDO: Que según los artículos 3, 7 y 9 del Decreto 12-2002 (CODIGO MUNICIPAL) del Congreso de la República de Guatemala, a las Municipalidades en ejercicio de su autonomía que la Constitución Política de la República, garantiza al Municipio como institución autónoma de Derecho Público, tiene personalidad jurídica y capacidad para adquirir derechos y obligaciones, y en general para el cumplimiento de su fines en los términos legalmente establecidos, por lo que el Concejo Municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de asuntos municipales. CONSIDERANDO: Que se ha llegado aun consenso con la Asociación de Microbuses y Taxis de Guazacapán AMITAXGUA, y quienes manifestaron que están de acuerdo a aceptar el funcionamiento de treinta (30) microbuses y doce (12) taxis. POR TANTO: en base a lo considerando y a las facultades que le confieren los artículos: 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala. Artículos: 1, 3, 4, 7, 9, 33, 35 literales a), b) e i), por unanimidad de votos, ACUERDA:
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