ACUERDO MINISTERIAL  362-2007

Crea la Unidad de Lucha contra la Desertificación y la Sequía en Guatemala, adscrita al Despacho Ministerial del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.


ACUERDO MINISTERIAL No. 362-2007.

Guatemala, 28 de agosto de 2007


El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala declara de interés nacional la conservación y mejoramiento del patrimonio de la nación y establece la obligación de propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que mantenga el equilibrio ecológico así como el principio de desarrollo sostenible en función de una mejor calidad de vida para la población guatemalteca.


CONSIDERANDO

Que la Política de Conservación, Protección y Mejoramiento del Ambiente y los Recursos Naturales, promulgada mediante Acuerdo Gubernativo número 63-2007 orienta la ejecución descentralizada de la gestión ambiental y que el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN) es el organismo del Ejecutivo encargado de hacer que se cumpla el régimen concerniente a la conservación, protección, sostenibilidad y mejoramiento del ambiente y los recursos naturales en el país, así como de representar a Guatemala en los foros y compromisos internacionales relacionados con el ambiente.


CONSIDERANDO

Que el Estado de Guatemala ratificó mediante el Decreto número 13-98 del Congreso de la República de Guatemala del 25 de febrero de 1998, su adhesión a la Convención de las Naciones Unidas de Lucha Contra la Desertificación y la Sequía (UNCCD por sus siglas en Inglés), para hacer frente de mejor manera a este fenómeno natural, que ha afectado un área significativa del territorio nacional y para hacer efectivas las actividades relacionadas a la aplicación de la Convención en el país, Guatemala ha cumplido con formular su Programa de Acción Nacional de Lucha contra la Desertificación y la Sequía -PROANDYS- y siendo el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales el punto focal ante la UNCCD le corresponde formular acciones que permitan la lucha contra la desertificación y la sequía.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 incisos a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 25, 27 inciso m), 29 "bis" de la Ley del Organismo Ejecutivo; 5 inciso e) del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.


ACUERDA:


Crear la Unidad de Lucha Contra la Desertificación y la Sequía en Guatemala.

 
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