ACUERDO 23-2007
Disposiciones Normativas para la Autorización y Operación de Agentes Aduaneros y Apoderados Especiales Aduaneros, de la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-.
ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 023-2007
La Secretaría del Directorio en funciones de la Superintendencia de Administración Tributaria, CERTIFICA: Que ha tenido a la vista el Acuerdo de Directorio número 023-2007, emitido por este Órgano Colegiado en su sesión del viernes 10 de agosto del año 2007, en el punto número 5, del Acta número 68-2007, el que textualmente se transcribe:
"ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 023-2007
EL DIRECTORIO DE LA SUPERINTENDENCIA
DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
CONSIDERANDO:
Que la Superintendencia de Administración Tributaria es una entidad descentralizada, con autonomía funcional, económica, financiera, técnica y administrativa, con personalidad jurídica, patrimonio y recursos propios, que tiene por objeto recaudar con efectividad los ingresos tributarios que el Estado requiere para cumplir con sus obligaciones constitucionales, estableciendo y operando los procedimientos y sistemas que faciliten a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias;
CONSIDERANDO:
Que corresponde a la Superintendencia de Administración Tributaria administrar el Sistema Aduanero de la República, de conformidad con la Ley, los convenios y tratados internacionales ratificados por Guatemala;
CONSIDERANDO:
Que dentro de los lineamientos de política de administración para los Agentes Aduaneros y Apoderados Especiales Aduaneros, en su calidad de auxiliares de la función pública aduanera, se requiere contar con normativa que rija el procedimiento de examen, de autorización y requisitos de operación, por lo que es imperativo desarrollar la normativa pertinente a fin de dotar a la Superintendencia de Administración Tributaria de un procedimiento transparente que dé seguridad y certeza a las personas que buscan, en calidad de auxiliares de la función pública aduanera, su incorporación al sistema aduanero nacional;
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le otorgan los artículos 3 literales b) y j) y 7, literal e) del Decreto número 1-98 del Congreso de la República, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria y con fundamento en el artículo 237 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano;
ACUERDA:
Aprobar las siguientes:
DISPOSICIONES NORMATIVAS PARA LA AUTORIZACIÓN Y
OPERACIÓN DE AGENTES ADUANEROS Y APODERADOS
ESPECIALES ADUANEROS
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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