ACUERDO MINISTERIAL  SP-M-1778-2007

Establece la Organización y Funciones de todos los Hospitales que conforme la red nacional, dentro del modelo de Gestión Hospitalaria.

*Lo deja sin validez por el artículo 1 del Acuerdo Ministerial SP-M-3819-2007 del Ministro de Salud Pública y Asistencia Social de fecha 03-12-2007.


ACUERDO MINISTERIAL No. SP-M-1778-2007

Guatemala, 26 de Julio de 2007


EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que la salud es un bien público y que una de las obligaciones del Estado es garantizar el goce de la misma como un derecho fundamental del ser humano sin discriminación alguna, desarrollando para ello acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurarle a la población el más completo bienestar físico, mental y social; y que por otro lado, el Código de Salud, establece que le corresponde al Ministerio de Salud la función de formular, organizar, dirigir la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos para la entrega de servicios de salud a todos los habitantes de la República.


CONSIDERANDO:

Que el Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Salud, establece y clasifica la red de establecimientos institucionales prestadores de servicios de salud, cuya organización y funciones se contemplará en los correspondiente manuales de organización y funciones que deberán ser aprobados mediante Acuerdo Ministeriales, y siendo que se han hecho los estudios correspondientes que permitan crear un modelo de gestión hospitalaria que consiga que la red nacional de hospitales, brinde servicios de salud de manera eficaz, congruentes con las necesidades actuales y además que su gestión sea sostenible desde el punto de vista financiero.


CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, esta realizando acciones orientadas a implementar la Reforma de Salud, con especial atención a la modernización organizacional y funcional de los servicios de salud para hacerlos más equitativos, eficientes, y con mejor calidad de la atención y, que dentro del proceso de modernización ha diseñado y aplicado como proyecto piloto en todo los hospitales de la red nacional, un Modelo de Gestión Hospitalaria, razón por la cual se hace necesario emitir la presente disposición.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 inciso f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y, 73 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, Acuerdo Gubernativo número 115-99.


ACUERDA:

 
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