ACUERDO GUBERNATIVO 359-2007
Se acepta la donación condicional que hace la Asociación Pro-Bienestar de la Familia de Guatemala ONG, a favor del Estado de Guatemala.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 359-2007
Guatemala, 30 de julio de 2007
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Asociación Pro-Bienestar de la Familia de Guatemala ONG mediante escritura pública número 7 de fecha 8 de marzo de 2006, autorizada por el Notario Jorge Mario Búcaro Knoke, donó a favor del Estado de Guatemala la finca inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad con el número 8081, folio 80 del libro 27 de Bienes de la Nación, destinada para el funcionamiento del Centro de Salud y de sus oficinas administrativas en Playa Grande, municipio de Ixcán, departamento de El Quiché, según consta dentro del expediente número M-2572-2005 de la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas;
CONSIDERANDO:
Que la donación conviene a los intereses del Estado, toda vez que la misma permitirá al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social proporcionar y facilitar los servicios de salud a los habitantes de esa comunidad, razón por la cual, es procedente emitir la disposición legal a través de la cual se disponga su aceptación y a la vez adscribir el mencionado inmueble a dicho Ministerio;
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala;
ACUERDA:
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