RESOLUCIÓN JM-138-2007
Reglamento de Requisitos Mínimos que deben Incorporarse en la Contratación y Alcance de las Auditorias Externas de las Empresas Especializadas en Servicios Financieros, Cuando Formen Parte de un Grupo Financiero.
*Derogado por la Resolución JM-44-2015 de la Junta Monetaria de fecha 03/06/2015
JUNTA MONETARIA
RESOLUCIÓN JM-138-2007
Inserta en el Punto Sexto del Acta 34-2007, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 25 de julio de 2007.
PUNTO SEXTO: Superintendencia de Bancos eleva a consideración de la Junta Monetaria el Proyecto de Reglamento de Requisitos Mínimos que deben Incorporarse en la Contratación y Alcance de las Auditorías Externas de las Empresas Especializadas en Servicios Financieros, Cuando Formen Parte de un Grupo Financiero.
RESOLUCIÓN JM-138-2007. Conocido el Oficio No. 2856-2007 del Superintendente de Bancos, del 20 de julio de 2007, al que adjunta el Dictamen Conjunto No. 66-2007 de los departamentos de Investigación y Jurídico de la Superintendencia de Bancos, mediante el cual eleva a consideración de esta Junta el proyecto de Reglamento de Requisitos Mínimos que deben Incorporarse en la Contratación y Alcance de las Auditorías Externas de las Empresas Especializadas en Servicios Financieros, Cuando Formen Parte de un Grupo Financiero.
LA JUNTA MONETARIA:
CONSIDERANDO:
Que el artículo 39 de la Ley de Bancos y Grupos Financieros, establece que esta Junta deberá normar de manera general, entre otros aspectos, los requisitos mínimos que deben incorporarse en la contratación y alcance de las auditorías externas de las empresas especializadas en servicios financieros a que se refiere el artículo 36 de dicha ley; CONSIDERANDO: Que es conveniente que dentro de los requisitos mínimos de la contratación y alcance de las auditorías externas de las empresas especializadas en servicios financieros, se incorpore la observancia de Normas Internacionales de Auditoría, así como las mejores prácticas en la prestación de servicios profesionales de auditoría externa;
POR TANTO:
Con base en lo considerado, en los artículos 132 y 133 de la Constitución Política de la República, 26 inciso 1) de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, 5 y 39 de la Ley de Bancos y Grupos Financieros, así como tomando en cuenta el Oficio No. 2856-2007 y el Dictamen Conjunto No. 66-2007, ambos de la Superintendencia de Bancos, y en opinión de sus miembros,
RESUELVE:
I. Emitir el Reglamento de Requisitos Mínimos que deben Incorporarse en la Contratación y Alcance de las Auditorías Externas de las Empresas Especializadas en Servicios Financieros, Cuando Formen Parte de un Grupo Financiero, en los términos siguientes:
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