ACUERDO  64-2007

Amplia el presupuesto de ingresos y egresos del Instituto de la Defensa Pública Penal para el año 2007.


ACUERDO No. 64-2007


LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE LA DEFENSA PUBLICA PENAL


CONSIDERANDO

Que de conformidad con la Ley del Servicio Público de Defensa Penal, Decreto ciento veintinueve guión noventa y siete (129-97), del Congreso de la República, el Instituto de la Defensa Pública Penal goza de autonomía funcional y total independencia técnica para el cumplimiento de sus funciones y que de acuerdo a las leyes de la materia, las Entidades Autónomas, establecerán su propio sistema de modificaciones presupuestarias.


CONSIDERANDO

Que en los estados financieros del Instituto de la Defensa Pública Penal en el pasivo diferido en la cuenta de depósitos por reposición de bienes, quedó registrada la suma de CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 79/100 (Q.53,877.79), por estar pendiente de dilucidarse la situación presentada con la empresa aseguradora y en virtud que este valor a sido trasladado en definitiva contablemente a la cuenta de superávit de la Institución por lo que viene a incrementarse nuestro saldo de caja disponible en dicha cantidad.


POR TANTO

Con fundamento en los considerandos, leyes citadas y lo que establecen los Artículos doce (12) numeral ocho (8) de la Ley de Servicio Público de Defensa Penal, Decreto número ciento veintinueve guión noventa y siete (129-97) del Congreso de la República; cuarenta y uno (41) de la Ley Orgánica del Presupuesto, Decreto número ciento uno guión noventa y siete (101-97) y veinticinco (25), del Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto, Acuerdo Gubernativo número doscientos cuarenta guión noventa y ocho (240-98), Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto.


ACUERDA

 
...
Consultas:
  • Buscado: 1,024 veces.
  • Ficha Técnica: 3 veces.
  • Imagen Digital: 2 veces.
  • Texto: 2 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 0 veces.
  • Formato Word: 1 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu