ACUERDO MINISTERIAL  225-2007

Se crea el "Bono Monetario Único", exclusivo para los trabajadores del Ministerio de Trabajo y Previsión Social que se encuentren comprendidos dentro de los reglones presupuestarios 011 "Personal Permanente" y 031 "Jornales" (planilla).


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 225-2007

Guatemala, 14 de junio de 2007


EL TERCER VICEMINISTRO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
ENCARGADO DEL DESPACHO


CONSIDERANDO:

Que corresponde al Ministerio de Trabajo y Previsión Social, velar porque se cumplan y respeten las leyes, convenios colectivos y reglamentos que norman las condiciones de Trabajo y Previsión Social, así como promover y armonizar las relaciones laborales entre, empleados y trabajadores.


CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Trabajo y Previsión Social ha creado una prestación de carácter pecuniario, exclusivo para los trabajadores del Ministerio del Ramo que se encuentren comprendidos bajo los renglones presupuestarios 011 "Personal Permanente" y 031 "Jornales" (planilla), misma que se denominara "Bono Monetario Único", de la cual se han tenido respuestas favorables de, la Oficina Nacional de Servicio Civil -ONSEC- en resolución número D-2007-REF.APRA/2007-118 EXPTE. 2007-141-TRABAJO de fecha 8 de junio de 2007 y del Ministerio de Finanzas Públicas mediante Dictamen número 475 de fecha 13 de junio de 2007 emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, por lo que es procedente emitirla disposición legal correspondiente.


POR TANTO:

En base a lo considerado y lo que para el efecto establecen los artículos 194 incisos f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 incisos f) y m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo y Acuerdo Gubernativo número 622-2006, Aprobación del Plan Anual de Salarios y Otras Asignaciones Monetarias para el Ejercicio Fiscal 2007, así como las Normas para su Aplicación,


ACUERDA:

 
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