ACUERDO  144-2007

Resolución número 199-2007 (COMIECO-XLIV) del Consejo de Ministros de Integración Económica y su respectivo anexo; respecto a las modificaciones del Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 75.01.19:06, Productos de Petróleo.


ACUERDO No. 0144-2007

Guatemala, 07 de Mayo de 2007


EL MINISTRO DE ECONOMIA


CONSIDERANDO:

Que en los términos del artículo 55, numerales 6 y 7 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala-, las resoluciones emitidas por el Consejo de Ministros de Integración Económica entrarán en vigor en la fecha en la cual se adopten, salvo que en las mismas se señale otra fecha, debiendo publicarse por los Estados Parte;


CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución No. 199-2007 (COMIECO-XLIV) de fecha 24 de abril de 2007, el Consejo de Ministros de Integración Económica aprobó las modificaciones por adición del Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 75.01.19:06 Productos de Petróleo. Gasolina Regular. Especificaciones, de conformidad como aparece en la resolución.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 27, literal m) del Decreto 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo,


ACUERDA:

Publicar la Resolución número 199-2007 (COMIECO-XLIV) del Consejo de Ministros de Integración Económica y su anexo la que forma parte integrante de la misma.

COMUNÍQUESE


LUIS OSCAR ESTRADA BURGOS


EL VICEMINISTRO DE INTEGRACION Y COMERCIO EXTERIOR


ENRIQUE LACS PALOMO


RESOLUCION NO. 199-2007 (COMIECO- XLIV)

EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala-, el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO) tiene bajo su competencia los asuntos de la Integración Económica Centroamericana y como tal, le corresponde aprobar los actos administrativos del Subsistema Económico;

Que de acuerdo con el artículo 15 de ese mismo instrumento jurídico regional, los Estados Parte tienen el compromiso de constituir una Unión Aduanera entre sus territorios, la que se alcanzará de manera gradual y progresiva, sobre la base de programas que se establezcan al efecto, aprobados por consenso;

Que en el marco del proceso de conformación de una Unión Aduanera, los Estados Parte han alcanzado importantes acuerdos para actualizar y modificar los Reglamentos Técnicos Centroamericanos RTCA 75.01.19:06 Productos de Petróleo. Gasolina Regular. Especificaciones aprobado mediante la Resolución No. 169-2006 (COMIECO-XLIX) del 28 de julio de 2006 y RTCA 75.01.20:04 Productos de Petróleo. Gasolina Superior, aprobada mediante Resolución No. 142-2005 (COMIECO-XXXIII) del 26 cíe septiembre de 2005.


POR TANTO:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 15, 26, 30, 36, 37, 38, 46, 52 y 55 del Protocolo de Guatemala,


RESUELVE:

 
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