ACUERDO MINISTERIAL 163-2007
Modifica el Artículo 2o. del Acuerdo Ministerial 342-2005 de fecha 08 de junio de 2005; el cual estableció el cumplimiento de los requisitos para las personas interesadas en la autorización para la presentación de artistas extranjeros en Guatemala.
*Derogado por artículo 3 del Acuerdo Ministerial No. 234-2008 del Ministro de Cultura y Deportes de fecha 10-04-2008.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 163-2007
Guatemala, 21 de marzo de 2007.
EL MINISTRO DE CULTURA Y DEPORTES
CONSIDERANDO:
Que es obligación primordial del Estado proteger, fomentar y divulgar la cultura nacional, emitiendo las leyes y disposiciones que tiendan a su preservación, recuperación y enriquecimiento; así como garantizar la libre expresión creadora del artista nacional, del intelectual y al científico, promoviendo su formación y superación profesional y económica.
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Cultura y Deportes, mediante los Acuerdos Ministeriales números 342-2005 y 573-2005, respectivamente, estableció la normativa que señala el cumplimiento de los requisitos y obligaciones para las personas individuales o jurídicas interesadas en las solicitudes de autorización para la presentación de artistas y grupos artísticos extranjeros en Guatemala, pero en la misma se omitió la presentación por escrito de la anuencia del grupo u organización no gubernamental de cuyo ámbito artístico corresponde al que se pretenda presentar en el país.
POR TANTO:
Con base en lo considerado y en cumplimiento de los artículos 60, 63 y 194 incisos a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 incisos a), f) y m), 31 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República; 1, 2, 3, 4, 7 inciso d) del Reglamento Orgánico interno del Ministerio de Cultura y Deportes, Acuerdo Gubernativo número 354-2001.
ACUERDA:
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