ACUERDO GUBERNATIVO  124-2007

Se acuerda Reformar el artículo 1, del Acuerdo Gubernativo número 42-2007 de fecha 7 de febrero de 2007.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 124-2007

Guatemala, 19 de abril de 2007.


EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA


CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo Gubernativo número 42-2007 de fecha 7 de febrero de 2007, publicado en el Diario de Centro América el 9 del mismo mes y año, el Estado de Guatemala acordó constituir en usufructo a título gratuito, por el plazo de 25 años a favor de la Fundación Defensores de la Naturaleza, una fracción de terreno que forma parte de la finca inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, con el número 53854, folio 250 del libro 989 de Guatemala, con el objeto que desarrolle en el parque las funciones inherentes a su constitución;


CONSIDERANDO:

Que dentro de dicho Acuerdo Gubernativo se consignó que el usufructo se constituía sobre una fracción de terreno de 2,522,794.4853 metros cuadrados de la finca identificada en el primer considerando, siendo lo correcto una fracción de terreno de 2,497,160.5896 metros cuadrados, toda vez que existía un traslape o sobreposición del polígono otorgado en usufructo sobre una propiedad particular, según el levantamiento topográfico practicado por el Departamento de Investigación del Patrimonio del Estado, cuyo extremo consta en el expediente número F-0093-2004 de la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, por lo que se hace necesario emitir la disposición legal que permita corregir esa situación y con ello darle certeza y seguridad jurídica a la posesión del área por parte de dicha Fundación;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala;


ACUERDA:

 
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