ACUERDO MINISTERIAL  240-2007

Crea la Unidad de Coordinación para el Manejo Ambientalmente Racional de Productos Químicos y Desechos Peligrosos en Guatemala.

ACUERDO MINISTERIAL No. 240-2007

Guatemala, 9 de abril de 2,007.

EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

CONSIDERANDO

Que compete al Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales; cumplir y hacer que se cumpla el régimen concerniente a la conservación, protección, sostenibilidad y mejoramiento del ambiente y los recursos naturales en el país y el derecho humano a un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado, previniendo la contaminación del ambiente y el deterioro ambiental, garantizando que toda actividad se desarrolle dentro de los límites y estándares que garanticen la no degradación de los recursos ni la alteración del ambiente.

CONSIDERANDO

Que en el marco de la Convención de Viena sobre el derecho de tratados y convenios, en adhesión a los esfuerzos internacionales para la protección del ambiente y la salud humana, definidos en la Agenda 21, Convenio de Viena y Protocolo de Montreal, Convenio de Basilea, Convenio de Estocolmo y Convenio de Rótterdam, Guatemala ha adquirido el compromiso de emprender acciones sobre Enfoque Estratégico para la Gestión Ambientalmente Racional de Productos Químicos-SAICM (por sus siglas en inglés) a nivel nacional, promoviendo controles y mecanismos de sustitución y eliminación gradual a través de la promoción e implementación de Tecnologías Alternativas, para lo cual se requiere que el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, cuente con una estructura orgánica para al Manejo Ambientalmente Racional de Productos Químicos y Desechos Peligrosos en Guatemala.

CONSIDERANDO

Que el Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental, al definir el sistema, su estructura y funciones de sus componentes, estableció que la Dirección General de Gestión Ambiental y Recursos Naturales; ente coordinador del Sistema, podría disponer en su estructura interna con una organización operativa y unidades administrativas, cuyas funciones serían definidas mediante Acuerdo Ministerial.

POR TANTO

En ejercicio de las funciones que establecen los artículos 194 incisos a) y f) de la Constitución de la República de Guatemala; 25, 27 inciso m), 29 "bis" de la Ley del Organismo Ejecutivo; 5 inciso e) del Acuerdo Gubernativo 186-2001, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales;

ACUERDA

Crear la Unidad de Coordinación para el Manejo Ambientalmente Racional de Productos Químicos y Desechos Peligrosos en Guatemala

 
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