PUNTO RESOLUTIVO 08-2007
El Congreso de la República de Guatemala, reconoce la importancia del Día Mundial del Agua, como un espacio nacional dirigido a la reflexión de la sociedad guatemalteca, particularmente para tomar conciencia en el uso de la misma.
PUNTO RESOLUTIVO NÚMERO 08-2007
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece en sus artículos 127 y 128 lo relativo al aprovechamiento, uso, goce y conservación de las aguas de dominio público y demás recursos hídricos, con el propósito de contribuir al desarrollo nacional y propiciar que las mismas, a través de una adecuada implementación produzcan efectos positivos sobre la cantidad, calidad y comportamiento de las aguas y se conviertan en riesgo a la vida y seguridad de las personas y sus bienes. Además, preceptúa que todas las aguas son bienes de dominio público, inalienables e imprescriptibles y que su aprovechamiento, uso y goce, se otorgan en la forma establecida por la ley de acuerdo al interés social.
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece en su artículo 97 que "El Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional están obligados a propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico. Se dictarán todas las normas necesarias para garantizar que la utilización y el aprovechamiento de la fauna, de la flora, de la tierra y del agua, se realicen racionalmente, evitando su depredación", y la literal c) del artículo 119 preceptúa como obligación del Estado adoptar las medidas necesarias para la conservación, desarrollo y aprovechamiento de los recursos naturales en forma eficiente.
CONSIDERANDO:
Que el agua es un bien natural, elemento del ciclo hidrológico y de los procesos ecológicos esenciales, insustituible para la vida en todas sus formas, con potencial para apoyar la ampliación de oportunidades de desarrollo social, económico y ambiental del país, razón por la cual es necesario formar una conciencia ecológica en toda la población guatemalteca, orientada a desarrollar una cultura ambiental que abarque la plena conciencia sobre el uso responsable y racional de los bienes y servicios naturales que el planeta provee a la civilización humana, con el firme propósito de implementar un modelo económico basado en la sostenibilidad ambiental y la responsabilidad intergeneracional, particularmente porque la población debe participar activamente en la conservación, la recuperación y el mejoramiento del medio ambiente, labor en la cual los organismos del Estado, las municipalidades y los medios de comunicación social juegan un papel determinante para influir positivamente en la opinión pública nacional.
CONSIDERANDO:
Que el Estado de Guatemala como miembro del concierto de naciones, dentro del marco de la Organización de las Naciones Unidas, la cual ha hecho manifiesto, a través de la Conferencia Internacional sobre Agua y Medio Ambiente, realizada en Dublín, Irlanda en marzo de 1992, misma que dictó los Principios de Dublín, los cuales contienen la importancia relativa a los recursos hídricos del planeta; razón por la cual a instancias de la UNESCO se celebra a nivel mundial, el 22 de marzo de cada año el DÍA MUNDIAL DEL AGUA.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 107 de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto Número 63-94 del Congreso de la República,
RESUELVE:
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