ACUERDO MINISTERIAL  69-2007

Declara Patrimonio Cultural y Natural de la Nación y Lugar Sagrado de la Espiritualidad Maya Q´eqchi´, el Cerro denominado "SAAJCH´AJOM", ubicada en la Aldea Chanyuc, del municipio de San Pedro Carchá, Alta Verapaz.


ACUERDO MINISTERIAL No. 69-2007

Guatemala, 19 de febrero de 2007.


EL MINISTRO DE CULTURA Y DEPORTES


CONSIDERANDO

Que de conformidad con la Constitución Política de la República, es obligación del Estado proteger los bienes y valores arqueológicos, históricos y artísticos del país; así como reconocer, respetar y promover las costumbres y tradiciones de los pueblos indígenas de ascendencia maya, en concordancia con el Convenio Internacional 169 Sobre Pueblos, Indígenas y Tribales en Países Independientes de la OIT, la Convención para la Protección Cultural y Natural de la UNESCO y los Acuerdos de Paz.


CONSIDERANDO

Que la Asociación Maya Q´eqchi´ "Oxlaju Na´leb´", en el ejercicio de su derecho de petición, solicita al Ministerio de Cultura y Deportes, que se declare Lugar Sagrado y Patrimonio Cultural y Natural de la Nación, el cerro denominado "SAAJCH´AJOM", ubicado en jurisdicción de San Pedro Carchá del Departamento de Alta Verapaz, por preservar el valor espiritual, religioso, ecológico y cultural del Pueblo Maya Q´eqchi´.


CONSIDERANDO

Que realizado los estudios correspondientes por la Dirección General del Patrimonio Cultural y Natural del Ministerio de Cultura y Deportes, concernientes a la Naturaleza del lugar, su historia y uso dado por la comunidad circundante, se determina la necesidad de declararlo como Lugar Sagrado y Patrimonio Cultural y Natural de la Nación el Cerro SAAJCH´AJOM a fin de conservar su valor espiritual, religioso y cultural.


POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado y artículos: 28, 36, 57, 58, 60, 61, 64, 65, 66 y 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literal a), f) y m), 31 literales a), b) y d) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; 1, 2, 3, 4, 5, 6, 15, 30, 53, 59 de la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación, Decreto número 26-97 del Congreso de la República; 2 numeral 2 inciso b), 4 numeral 1; 5 literal a) del Convenio No. 169 Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes; Decreto Número 52-2005 del Congreso de la República, Ley Marco de los Acuerdos, de Paz y Acuerdo Gubernativo Número 354-2001, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Cultura y Deportes.


ACUERDA

 
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