ACUERDO GUBERNATIVO  41-2007

Acepta la donación que a título gratuito, libre de todo gravamen que pueda afectar los derechos del donatario, con un valor estimado de UN MIL QUETZALES EXACTOS, hace la municipalidad de Villa Nueva, al Estado de Guatemala.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 41-2007

Guatemala, 5 de febrero del 2007.


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que la municipalidad de Villa Nueva, departamento de Guatemala, a través del punto cuarto del acta número 2411-2005 de fecha 18 de mayo de 2005, donó a favor del Estado de Guatemala a título gratuito, la finca de su propiedad inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central con el número 8276, folio 276 del libro 197E de Guatemala, ubicada en la 6ª. avenida, 7-43 zona 6, Residenciales Catalina, municipio de Villa Nueva, departamento de Guatemala, con el fin exclusivo de que en la misma siga funcionando la Escuela Oficial Rural Mixta Proyecto Colonias Unidas y se construyan las instalaciones del Instituto Diversificado de Villa Nueva, según consta dentro del expediente número M-637-2002 de la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas;


CONSIDERANDO:

Que la donación conviene a los intereses del Estado, toda vez que la misma permitirá proporcionar y facilitar la educación a sus habitantes con el fin primordial de propiciar su desarrollo integral, el conocimiento de la realidad y cultura nacional y universal, razón por la cual debe emitirse la disposición legal a través de la cual se disponga su aceptación y a la vez se adscriba el mencionado inmueble al Ministerio de Educación;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo;


ACUERDA:

 
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