ACUERDO GUBERNATIVO  593-2006

Presupuesto de Ingresos del Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala -IRTRA-, para el período comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2007.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 593-2006

Guatemala, 15 de diciembre de 2006.


EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

CONSIDERANDO:

Que la Junta Directiva del Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala -IRTRA-, con base en lo que establece el Decreto Número 1528 del Congreso de la República de Guatemala del año 1962, reformado por el Decreto Número 43-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Creación del Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala -IRTRA-, artículo 10°., y según consta en certificación de Acta No. 3,572, en el punto noveno, del día veintisiete de junio de dos mil seis, la Junta Directiva del mencionado instituto, celebró la reunión en la cual aprobó el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos del Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala -IRTRA-para el Ejercicio Fiscal dos mil siete, asimismo, solicita una ampliación a su proyecto de presupuesto en la cantidad de SESENTA MILLONES DE QUETZALES EXACTOS (Q.60,000,000), el cual fue acordado por la Junta Directiva, según consta en el punto décimo cuarto del Acta No. 3,591 celebrada el 7 de noviembre de 2006, a fin de que el mismo sea agregado al proyecto inicial para ser sometido a consideración del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas;


CONSIDERANDO:

Que es procedente aprobar el Presupuesto mencionado, en vista que se llenaron los requisitos legales correspondientes y tomando en consideración la opinión contenida en el Dictamen Número 1071 emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, así como la anuencia contenida en la Resolución Número 1308 del Ministerio de Finanzas Públicas;


POR TANTO;

En ejercicio de la función que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el articulo 183, literal e); y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, articulo 40 y lo que establece el Acuerdo Gubernativo Número 240-98, Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto, artículo 24;


ACUERDA:

 
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