ACUERDO MINISTERIAL 03-2007
Resolución número 185-2006 (COMIECO-XL) del Consejo de Ministros de Integración Económica y su anexo; modificaciones de descripción de los incisos 0207.13.94 y 0207.14.94 del Arancel Centroamericano de Importación.
ACUERDO MINISTERIAL No. 03-2007
Guatemala, 2 de enero del 2007.
EL MINISTRO DE ECONOMIA
CONSIDERANDO:
Que en los términos del artículo 55, numerales 6 y 7 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala-, las resoluciones emitidas por el Consejo de Ministros de Integración Económica entrarán en vigor en la fecha en la cual se adopten, salvo que en las mismas se señale otra fecha, debiendo publicarse por los Estados Parte;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución No. 185-2006 (COMIECO-XL) de fecha 29 de noviembre de 2006, el Consejo de Ministros de Integración Económica aprobó las modificaciones de descripción de los incisos arancelarios siguientes: 0207.13.94 y 0207.14.94 contenidos en el Arancel Centroamericano de Importación.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 27, literal m) del Decreto 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo,
ACUERDA:
Publicar la Resolución número 185-2006 (COMIECO-XL) del Consejo de Ministros de Integración Económica y su anexo la que forma parte integrante de la misma
COMUNÍQUESE
MARCIO CUEVAS QUEZADA
MINISTRO DE ECONOMIA
EL VICEMINISTRO DE INTEGRACION Y COMERCIO EXTERIOR
ENRIQUE LACS PALOMO
RESOLUCION NO. 185-2006 (COMIECO-XL)
EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONOMICA
CONSIDERANDO
1. Que de conformidad con el Artículo 38 del Protocolo al Tratado al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala-; y 7 y 22 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y AduaneroCentroamericano, es competencia del Consejo de Ministros de Integración Económica realizar modificaciones al Sistema Arancelario Centroamericano -SAC-;
2. Que el Comité de Política Arancelaria en su reunión celebrada el 27 de noviembre de 2006, en la ciudad de San José, Costa Rica, alcanzó acuerdo sobre algunas modificaciones al Arancel Centroamericano de Importación;
3. Que en base al acuerdo indicado, el Comité de Política Arancelaria, elevó a la consideración y aprobación de este foro, la correspondiente propuesta de modificación del Arancel Centroamericano de Importación;
POR TANTO:
Con fundamento en los artículos 1, 3, 4, 6, 7, 10, 12, 13, 14, 15, 22 y 23 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano; 10, 36, 37, 38, 46, 52 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala-;
RESUELVE:
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