RESOLUCIÓN  JM-168-2006

Se tiene por determinada la Política Monetaria, cambiaria y crediticia para 2007.


RESOLUCIÓN JM-168-2006

Inserta en el Punto Primero del Acta 66-2006, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 28 de diciembre de 2006.

PUNTO PRIMERO: Política Monetaria, Cambiaría y Crediticia: Evaluación a Noviembre de 2006 y Propuesta para 2007.

RESOLUCIÓN JM-168-2006. Conocidos los dictámenes CT-3/2006 y CT-4/2006 del Consejo Técnico del Banco de Guatemala, en los que se presentan, por una parte, la Evaluación de la Política Monetaria, Cambiaría y Crediticia a Noviembre de 2006 y, por la otra, las Perspectivas Económicas para 2007 y 2008 y la Propuesta de Política Monetaria, Cambiaría y Crediticia para 2007; y, CONSIDERANDO: Que esta Junta estimó pertinente expresar su criterio sobre la importancia de asegurar condiciones que favorezcan la estabilidad macroeconómica en el mediano y largo plazos, mediante la adopción de una orientación de política económica que en los campos fiscal y comercial respalden un proceso sostenido de reducción de la inflación que viabilice su convergencia hacia niveles inflacionarios similares a los prevalecientes en países en desarrollo que operan bajo el esquema de metas explícitas de inflación; CONSIDERANDO: Que en un régimen de metas explícitas de inflación, las metas de inflación de mediano y largo plazos tienen el propósito primordial de constituir el ancla nominal de la política monetaria y, como tal, orientar en forma efectiva tanto las acciones de política monetaria como las expectativas de los agentes económicos; CONSIDERANDO: Que durante 2006 el desempeño de la política monetaria ha sido apoyado por la política fiscal, mediante el mantenimiento de un nivel de depósitos en el Banco de Guatemala por arriba de lo programado, en un ambiente en el que prevalece la formación de expectativas positivas de crecimiento económico por parte de los agentes económicos, derivada del comportamiento dinámico de la economía global, así como de los niveles de inversión pública y privada previstos; CONSIDERANDO: Que el ritmo inflacionario se desaceleró durante la mayor parte de 2006, tanto es así que a noviembre del presente año el ritmo inflacionario disminuyó 4.17 puntos porcentuales, al pasar de 8.57% en diciembre de 2005 a 4.40% en noviembre de 2006 debido, por una parte, a la reducción de los precios internacionales del petróleo y sus derivados, especialmente durante el segundo semestre de 2006 y, por la otra, al efecto rezagado proveniente de los incrementos en la tasa de interés líder de la política monetaria efectuados en 2005 y en 2006; CONSIDERANDO: Que como resultado de la reducción del precio internacional del petróleo, la inflación importada disminuyó 1.57 puntos porcentuales, al pasar de 2.21 puntos porcentuales en diciembre de 2005 a 0.64 puntos porcentuales en noviembre de 2006, lo que aunado a una desaceleración de 2.60 puntos porcentuales en la inflación interna en el mismo período, explica la disminución dé 4.17 puntos porcentuales en el ritmo inflacionario; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a las ultimas proyecciones, el ritmo inflacionario a diciembre de 2006 se ubicaría en 4.9%, porcentaje inferior a la meta de inflación fijada por la autoridad monetaria de 6% +/-1 punto porcentual; CONSIDERANDO: Que en 2006 se prevé una tasa de crecimiento económico de 4.6%, superior a la registrada en 2005, como resultado, por una parte, de la disciplina de las políticas monetaria y fiscal y, por la otra, de un mejor clima de negocios, aspecto que se ha reflejado en mayores niveles de inversión privada y pública; CONSIDERANDO: Que la fortaleza de una economía ante shocks económicos y extraeconómicos requiere de una política monetaria disciplinada (con un ancla nominal definida y un tipo de cambio flexible), una política fiscal equilibrada, una base institucional y estructural adecuada, que constituyan la plataforma del crecimiento sostenible; CONSIDERANDO: Que para cumplir en 2007 con su objetivo fundamental, la política monetaria deberá contemplar, en el orden externo, la persistencia de diversos fenómenos económicos que podrían incidir en su efectividad, tales como: a) el ajuste del déficit en cuenta corriente de la balanza de pagos de los Estados Unidos de América; b) los flujos de capital y la política monetaria del referido país; c) el comportamiento del precio internacional del petróleo; y, d) la evolución del crecimiento económico de los Estados Unidos de América y de la República Popular China; CONSIDERANDO: Que es preciso que el Banco Central continúe orientando su política monetaria a la consecución de la meta de inflación, en un marco de efectividad de los mecanismos de transmisión de la misma; CONSIDERANDO: Que la solidez de las finanzas públicas es fundamental para que sirva de apoyo permanente a la gestión de la política monetaria y haga posible la consecución de la meta de inflación en el mediano plazo; CONSIDERANDO: Que en el régimen cambiario vigente, el tipo de cambio nominal se determina por la interacción entre la oferta y la demanda de divisas en el mercado cambiario, lo cual es consistente con el esquema de metas explícitas de inflación, no obstante las medidas que durante 2006 se adoptaron para moderar la volatilidad del tipo de cambio nominal, aún es preciso aumentar la certidumbre de los agentes económicos en cuanto a la participación del Banco Central en él referido mercado, razón por la cual se requiere perfeccionar el régimen cambiario flexible mediante la determinación de una regla explícita que oriente la citada participación, con el propósito de minimizar la referida volatilidad sin afectar la tendencia del tipo de cambio nominal; CONSIDERANDO: Que derivado de que el Congreso de la República no aprobó el Proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2007, la ejecución de las finanzas públicas para el próximo año se regirá por el presupuesto de 2006, razón por la cual el programa monetario tendrá que ajustarse a este último presupuesto; CONSIDERANDO: Que de conformidad con las estimaciones de ingresos y egresos del Ministerio de Finanzas Públicas, para 2007 se prevé una ejecución presupuestaria que ubicaría el déficit fiscal en un nivel que, como máximo, alcanzaría 0.9% del Producto Interno Bruto, porcentaje inferior al déficit fiscal previsto para 2006 (1.5%); CONSIDERANDO: Que si bien es cierto que se tiene certeza en cuanto a los montos globales de ingresos, de gastos y de financiamiento que deberán observarse a partir del próximo año, también lo es que no hay certeza en cuanto a la fuente de financiamiento que corresponde a la colocación de Bonos del Tesoro, en virtud de que para el efecto la misma tendrá que ser aprobada por el Congreso de la República, por lo que todavía no existen disposiciones legales y reglamentarias que indiquen sus características; CONSIDERANDO: Que la tasa, de crecimiento económico previsto de 5.1% para 2007 (4.6% para 2006) se fundamenta, en el orden externo, en un entorno favorable derivado de la evolución que experimentaría la economía de los principales socios comerciales de Guatemala, así como en la consolidación de los beneficios del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de América y, en el orden interno, dicho crecimiento se basa en el mantenimiento de la estabilidad macroeconómica, como resultado de la aplicación de políticas monetaria y fiscal disciplinadas, en la mejora del clima de negocios y en las mejores expectativas de los agentes económicos; CONSIDERANDO: Que para una adecuada ejecución de la Política Monetaria, Cambiaría y Crediticia en un entorno macrofinanciero cambiante y dentro de un esquema de metas explícitas de inflación es imprescindible que la misma se fundamente en la aplicación de instrumentos y medidas que permitan actuar de forma oportuna y que, al mismo tiempo, se base en principios de participación en los mercados de dinero y cambiario claramente definidos que brinden mayor transparencia en las actuaciones del Banco Central; CONSIDERANDO: Que es procedente que el Banco Central, en el ámbito de su competencia, adopte acciones encaminadas al logro del desarrollo y profundización del mercado secundario de valores, en virtud de que un mayor desarrollo de dicho mercado mejora el funcionamiento de los mecanismos de transmisión y aumenta la efectividad de la política monetaria; CONSIDERANDO: Que durante 2006, la coordinación entre las políticas fiscal y monetaria se continuó llevando a cabo mediante el Grupo de Trabajo Banco de Guatemala - Ministerio de Finanzas Públicas que, conforme lo acordado por ambos entes, se reune periódicamente con el fin de materializar los esfuerzos que le permitan a las políticas citadas cumplir con sus objetivos; CONSIDERANDO: Que la Propuesta de Politica Monetaria, Cambiaria y Crediticia para 2007, elevada a consideración de esta Junta contiene los principios, los instrumentos y las medidas que la hacen coherente con los esfuerzos de avanzar en el desarrollo del esquema de metas explícitas de inflación, lo que permitirá continuar consolidando la confianza de los agentes económicos en el referido esquema y, por ende, la estabilidad en las principales variables macroeconómicas y financieras;


POR TANTO:

Con base en lo considerado, en lo dispuesto en los artículos 132 y 133 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3, 4, 13, 26 y 48 de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, así como tomando en cuenta los dictámenes CT-3/2006 y CT- 4/2006 del Consejo Técnico del Banco de Guatemala, y en opinión de sus miembros,


LA JUNTA MONETARIA
RESUELVE:

 
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