ACUERDO 284
Reglamento sobre Regímen de Previsión Social, sin ánimo de lucro.
Palacio Nacional: Guatemala, 19 de agosto de 1955.
Traído a la vista el acuerdo número 284 emitido por la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, con fecha primero de agosto de mil novecientos cincuenta y cinco, que literalmente dice:
ACUERDO NUMERO 284
La Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social;
CONSIDERANDO:
Que el acuerdo número 98 de la Junta Directiva Reglamento sobre Regímenes de Previsión Social, sin ánimo de lucro, que entró en vigor el 7 de octubre de 1949, en virtud de los requisitos exigidos para autorizar su funcionamiento, ha dado por resultado que desde la fecha de su emisión, se haya autorizado un número muy reducido de aquéllos, sin que por otro lado el desarrollo del régimen de Seguridad Social, haya podido extenderse a los riesgos y capas de población que generalmente cubren aquellos sistemas;
POR TANTO,
Con base en lo dispuesto por los artículos 19, 70 y 71 del decreto legislativo número 295, Ley Orgánica del IGSS,
ACUERDA:
Dictar el siguiente
REGLAMENTO SOBRE REGIMENES DE PREVISIÓN SOCIAL, SIN ANIMO DE LUCRO
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