ACUERDO MINISTERIAL  0639-2006

Resolución número 178-2006 (COMIECO-XXXIX) del Consejo de Ministros de Integración Económica y su anexo, el cual forma parte integrante de la misma; el cual contiene modificaciones al Arancel Centroamericano de Importación.


ACUERDO MINISTERIAL No. 0639-2006 "A"

Guatemala, 27 de noviembre de 2006


EL MINISTRO DE ECONOMIA


CONSIDERANDO:

Que las resoluciones emitidas por el Consejo de Ministros de Integración Económica entraran en vigencia en la fecha en que se adopten, salvo que en las mismas se señale otra fecha, las cuales deberán publicarse por los Estados Parte, según el artículo 55 numerales 6 y 7 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala-;


CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución No. 178-2006 (COMIECO-XXXIX) de fecha 9 de noviembre de 2006, el Consejo de Ministros de Integración Económica resolvió aprobar las modificaciones al Arancel Centroamericano de Importación, de los incisos arancelarios que aparecen en el Anexo de dicha Resolución, de la forma que se indica en el mismo, el cual forma parte integrante del Anexo "A" del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 27, literal m) del Decreto 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo,


ACUERDA:

Publicar la Resolución número 178-2006 (COMIECO-XXXIX) del Consejo de Ministros de Integración Económica y su anexo, el cual forma parte integrante de la misma.

COMUNÍQUESE


MARCIO CUEVAS QUEZADA

EL VICEMINISTRO DE INTEGRACION Y COMERCIO EXTERIOR


ENRIQUE LACS PALOMO


RESOLUCIÓN No. 178-2006 (COMIECO-XXXIX)


EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA


CONSIDERANDO:

1. Que de conformidad con el Artículo 38 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala-; y, 7 y 22 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, es competencia del Consejo de Ministros de Integración Económica modificar los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI), contenidos en el Arancel Centroamericano de Importación;

2. Que el Comité de Política Arancelaria, en su reunión celebrada el 17 y 18 de octubre en la ciudad de San José, Costa Rica, alcanzó acuerdo sobre algunas modificaciones arancelarias;

3. Que en base al acuerdo indicado, el Comité de Política Arancelaria, elevó a la consideración y aprobación de este foro la correspondiente propuesta de modificación del Arancel Centroamericano de Importación,


POR TANTO:

Con fundamento en los artículos 1, 3, 4, 6, 7, 13, 14, 15, 22 y 23 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano; y 10, 36, 37, 38, 46, 52 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana, Protocolo de Guatemala,


RESUELVE:

 
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