ACUERDO GUBERNATIVO 536-2006
Obligatoriedad de todas las dependencias del Organismo Ejecutivo, de poner en conocimiento de toda persona, mediante rótulos o vallas, de las obras o proyectos que ejecuten con motivo del ejercicio de su función pública.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 536-2006
Guatemala, 7 de noviembre de 2006.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que los funcionarios son depositarios de la autoridad, responsables legalmente por su conducta oficial, sujetos a la Ley y jamás superiores a ella, que los funcionarios y empleados públicos están al servicio del Estado y no de partido político alguno.
CONSIDERANDO:
Que la Ley del Organismo Ejecutivo establece dentro de los principios que rigen la función administrativa que el fin supremo del Estado es el bien común y que las funciones del Organismo Ejecutivo han de ejercitarse en orden con su consecución y con arreglo a los principios de solidaridad, subsidianedad, transparencia, probidad, eficacia, eficiencia, descentralización y participación ciudadana, creando para el efecto mecanismos de auditoria social y de participación ciudadana que brinden la más amplia información pública sobre la ejecución de las obras y contrataciones que ejecuten en ejercicio de su función pública.
CONSIDERANDO:
Que, la transparencia y la participación ciudadana, como política de gobierno, deben promoverse en todos los niveles de la administración pública, a manera de que los funcionarios y empleados del Organismo Ejecutivo faciliten a los interesados el acceso a la información pública requerida.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 30, 31 y 183 de la Constitución Política de la República de Guatemala; y 27 literal j) de la Ley del Organismo Ejecutivo.
EN CONSEJO DE MINISTROS
ACUERDA:
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