ACUERDO MINISTERIAL  SP-M-1403-2006

Compromisos que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social se compromete para la función de formular, organizar y dirigir; las políticas, planes, programas y proyectos para la entrega de servicios de salud a la población guatemalteca.


ACUERDO MINISTERIAL No. SP-M-1403-2006

Guatemala, 25 de julio de 2006.


EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA
Y ASISTENCIA SOCIAL


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República reconoce que el goce de la salud es derecho fundamental del ser humano sin discriminación alguna, y obliga al Estado a velar por la misma, desarrollando a través de sus instituciones acciones de prevención, promoción, recuperación y rehabilitación, a fin de procurarles a los habitantes el más completo bienestar físico, mental y social, reconociendo, asimismo, que la salud de los habitantes de la Nación es un bien público.


CONSIDERANDO:

Que es el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social quien tiene a su cargo la rectoría del Sector Salud, que comprende la función de formular, organizar, dirigir la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos para la entrega de servicios de salud a la población. Teniendo el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, para cumplir con las funciones anteriores, las más amplias facultades para ejercer todos los actos y dictar todas las medidas que conforme a las leyes, reglamentos y demás disposiciones del servicio, competen al ejercicio de su función.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literales a), f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literal m) de la Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA:

 
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