ACUERDO MINISTERIAL  135

Aprueba los estatutos de la Asociación Solidarista de Trabajadores de AVIATECA (ASTA); y reconoce su personalidad jurídica.


ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 135

Palacio Nacional: Guatemala, 5 de mayo de 1994.


El Ministro de Gobernación,


CONSIDERANDO

Que el señor JORGE LUIS COLOMA FLORES, se presentó al Ministerio de Gobernación, solicitando la aprobación de los estatutos y reconocimiento de la personalidad jurídica de la ASOCIACION SOLIDARISTA DE TRABAJADORES DE AVIATECA "ASTA".


CONSIDERANDO

Que la legislación guatemalteca prevé la institucionalización como personas jurídicas de las asociaciones sin fines lucrativos que se propongan promover y proteger los intereses comunes de sus Integrantes, cuando su constitución y estatutos fueren debidamente aprobados por la autoridad respectiva y que en el presente caso se han cumplido los requisitos que señala la ley, por lo que es procedente emitir la respectiva disposición legal.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, incisos a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 15, inciso 3°. del Código Civil; 1, inciso 10, 1 "A", incisos a) y b), y 19, inciso 10 de la Ley del Organismo Ejecutivo; Decreto número 93 del Congreso de la República modificado por Decreto Ley número 25-86 del Jefe de Estado y con base en lo preceptuado por el Acuerdo Gubernativo número 515-93 de fecha 6 de octubre de 1993.


ACUERDA

 
...
Consultas:
  • Buscado: 5,301 veces.
  • Ficha Técnica: 24 veces.
  • Imagen Digital: 0 veces.
  • Texto: 18 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 0 veces.
  • Formato Word: 2 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu