ACUERDO GUBERNATIVO  S/N 02-01-1926

Se dictan varias disposiciones a las cuales deben sujetarse a los Agentes Colocadores de Pólizas de la Compañias de Seguros, establecidas en el país.

Díctanse varias disposiciones a las cuales deben sujetarse los Agentes Colocadores de Pólizas de las Compañías de Seguros, establecidas en el país.

Casa del Gobierno: Guatemala, 2 de enero de 1926.


El Presidente de la República,

En el deseo de garantizar, de la mejor manera, los intereses del público,

 
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