ACUERDO MINISTERIAL  20-2006

Pliego Tarifario de Servicios de los Centros Recreativos, Vacacionales y el Teleférico de los Trabajadores del Estado.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 20-2006

Guatemala, 7 de febrero de 2006.


EL MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

CONSIDERANDO:

Que por Acuerdo Ministerial Numero 11-2006 de fecha 20 de enero del año 2006, se emitió el Reglamento para el funcionamiento y uso de los Centros Recreativos y Vacacionales del Estado y el Teleférico, el cual en su Capitulo V, establece los requisitos y condiciones que deben cumplir otros usuarios, no comprendidos dentro del Decreto 81-70 del Congreso de la Republica, para el usos de las instalaciones reguladas en dicho reglamento.


CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo Ministerial numero 12-2006 de fecha 23 de enero del año 2006, se emitio el Pliego Tarifario de Servicios de los Centros Recreativo, Vacacionales y el Teleférico de los Trabajadores del Estado, el cual ha generado diferentes interpretaciones, por lo que para su efectiva aplicación, se hace necesaria su derogatoria y la emisión de un nuevo Acuerdo de conformidad con el capitulo V a que se hace referencia en el considerando anterior.


POR TANTO:

En base a lo considerado Reglamento citado y lo que para el efecto establecen los artículos 194 incisos a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y, 27 incisos a), f) y m) del Decreto numero 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; y, 6 del Decreto 81-70, Ley de creación y funcionamiento de los Centros de Recreación de los Trabajadores del Estado,


ACUERDA:

Emitir,


EL PLIEGO TARIFARIO DE SERVICIOS DE LOS CENTROS RECREATIVOS, VACACIONALES Y EL TELEFÉRICO DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

 
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