ACUERDO SG-021-2005
Se Crea el Consejo Consultivo del Procurador de los Derechos Humanos.
ACUERDO NÚMERO SG-021-2005
EL PROCURADOR DE LOS DERECHOS HUMANOS
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de la República de Guatemala, el Procurador de los Derechos Humanos es un Comisionado del Congreso de la República para la defensa de los derechos humanos que la misma garantiza, así como los establecidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y Tratados y Convenciones Internacionales aceptados y ratificados por Guatemala.
CONSIDERANDO:
Que tanto en la Constitución Política como en la Ley de la Comisión de los Derechos Humanos del Congreso de la República y del Procurador de los Derechos Humanos y otras disposiciones legales, se han conferido al Procurador una serie de atribuciones a fin de hacer efectivos los referidos derechos.
CONSIDERANDO:
Que dentro de las atribuciones consignadas le corresponde al Procurador organizar la Procuraduría a fin de que la Institución esté en condiciones de cumplir fielmente con su mandato.
CONSIDERANDO:
Que los ex Procuradores de los Derechos Humanos han contribuido al desarrollo y fortalecimiento de la Institución y que en la actualidad pueden colaborar con la misma aportando sus experiencias y conocimientos.
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confieren el inciso k) del artículo 14 de la Ley de la Comisión de los Derechos Humanos del Congreso de la República y del Procurador de los Derechos Humanos,
ACUERDA:
Crear el Consejo Consultivo del Procurador de los Derechos Humanos.
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