DECRETO DEL CONGRESO 72-2005
Reforma al Decreto Número 2-70 del Congreso de la República, Código de Comercio de Guatemala.
DECRETO NÚMERO 72-2005
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los artículos 1 y 29 de la Constitución Política de la República, el Estado garantiza y protege la seguridad de la persona, y el libre acceso de ésta a los tribunales para ejercer sus acciones y hacer valer sus derechos de conformidad con la ley.
CONSIDERANDO:
Que al tenor del artículo 203 de la Carta Magna, corresponde a los tribunales de justicia la potestad de juzgar y promover la ejecución de lo juzgado, así como impartir la justicia de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República.
CONSIDERANDO:
Que el aumento de la utilización de títulos de créditos de carácter internacional, como es el caso del cheque, en los cuales tienen participación personas residentes en más de un país, hace necesario que la regulación de estos instrumentos financieros en la legislación guatemalteca sea adecuada a las nuevas técnicas y modalidades que presentan los sistemas financieros internacionales.
POR TANTO:
En ejercicio de los atribuciones que le confiere el artículo 171 inciso a) de la Constitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA:
La siguiente:
REFORMA AL DECRETO NÚMERO 2-70 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, CÓDIGO DE COMERCIO DE GUATEMALA
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