ACUERDO  184-95-D

Aprobar el Instructivo para la presentación de solicitudes de acogimiento a los benefios de exoneración contenidos en e Decreto 25-74 del Congreso de la República.


ACUERDO NUMERO 184-95-D

El Director del Instituto Guatemalteco de Turismo,


CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto No. 52-92, quedaron sin efecto las exoneraciones de derechos arancelarios a la importación que contempla el Decreto 1701 del Congreso de la República, Ley Orgánica de INGUAT; siendo necesario reordenar el Acuerdo No. 122-91 que contiene el instructivo para la presentación de solicitudes de acogimiento a los beneficios de exoneración contenidos en los Decretos 25-74 y 170, ambos del Congreso de la República.


CONSIDERANDO:

Que es necesaria una reglamentación adecuada en cuanto a la aplicación de los beneficios de exoneración contemplados en la legislación turística;


CONSIDERANDO:

Que los requisitos a ser llenados por parte de las personas interesadas en acogerse a los beneficios de exoneración contemplados en la legislación turística, se encuentran diseminados en diferentes normativos, por lo que es importante que estén contenidos en un sólo cuerpo legal;


POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el artículo 17 del Decreto No. 1701 del Congreso de la República, reformado por el artículo 9º. Del Decreto No. 22-71 del Congreso de la República.


ACUERDA:

 
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